¿Cuáles son las diferencias entre el Anexo y la Proyección de Gastos Personales?
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Abrir publicación original ↗En febrero de 2025, según el calendario tributario del Servicio de Rentas Internas (SRI), las personas naturales en Ecuador deben cumplir con dos obligaciones: presentar el Anexo de Gastos Personales y la Proyección de Gastos Personales.
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En febrero de 2025, según el calendario tributario del Servicio de Rentas Internas (SRI), las personas naturales en Ecuador deben cumplir con dos obligaciones: presentar el Anexo de Gastos Personales y la Proyección de Gastos Personales. Se trata de dos documentos que le ayudarán a reducir el Impuesto a la Renta a pagar, mediante el descuento por gastos personales en: Vivienda, alimentación, vestimenta, salud, turismo y educación. Y pese a que los nombres de los dos trámites suenan similares y se presentan en el mismo mes, hay diferencias clave que debe conocer y así acceder al beneficio del descuento. En este video, PRIMICIAS le explica quiénes deben presentar tanto el Anexo como la Proyección, cómo hacerlo y hasta cuándo.
